Aborto y la objeción de conciencia

Autor: Herrera Salazar Juan

Fragmento

Carta Abierta al Ministro de Justicia Español Francisco Caamaño y a las Autoridades Políticas Latinoamericanas. La objeción de conciencia: Podemos estudiarla como el rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por ser éstas contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona. La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae consigo una sanción. El gobierno español advierte a los médicos, que no podrán sustraerse al cumplimiento…. Las normas jurídicas por lo general, imponen deberes y confieren derechos. Las normas jurídicas se diferencian de otras normas de conducta por su carácter heterónomo, es decir que es impuesto por otro. Las normas jurídicas son de carácter bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones tangibles) y externo (importa el cumplimiento de la norma, no el estar convencido de la misma). Esta es la posición del gobierno Español , en relación al tema que nos prestamos a debatir.

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2010-02-24   |   2,397 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 75 Núm.134. Julio-Diciembre 2009 Pags. . Rev Inst Med Su 2009; LXXV(134)