Validación de estatificación pre operatoria utilizando escala de riesgo de conversión a cirugía abierta en colecistectomía laparoscópica

Autores: Malcampo Moreno Hermes Moisés, Ríos Uriarte J

Resumen

Objetivo: Determinar la capacidad pronóstica de la escala de conversión propuesta por Granados RJ y cols., en pacientes operados mediante la técnica de colecistectomía laparoscópica en el Hospital General de Culiacán, “Dr. Bernardo J. Gastélum”. Material y métodos: Se realizó un estudio retrospectivo, descriptivo, observacional y transversal donde se estudiaron 699 pacientes en total, operados de colecistectomía laparoscópica durante el periodo de enero 2011 a diciembre 2012; a los cuales se les aplicó una escala de conversión a cirugía abierta, buscando el valor pronóstico de la misma. Resultados: La tasa de conversión en la población total fue de 1.14%, al aplicar la estatificación 9 pacientes fueron clasificados con alto riesgo; de estos solo 6 (66.6%) tuvo conversión a cirugía abierta. Se utilizó la tabla de contingencia o tabla de 2 x 2 para establecer: sensibilidad, especificidad, valor predictivo positivo (VPP) y valor predictivo negativo (VPN); obteniendo los siguientes resultados: sensibilidad 60%, especificidad 99.7%, VPP 66.66% y VPN 99.42%. Conclusiones: La escala de conversión a cirugía abierta propuesta por el Dr. Granados RJ y cols., se puede aplicar a todo paciente que se intervendrá de colecistectomía laparoscópica en nuestro hospital, esto como parte de un protocolo pre quirúrgico. Su capacidad pronóstica, una vez aplicada a nuestra población, presenta una sensibilidad y VPP bajo así como una especificidad y VPN elevado, mostrando así baja probabilidad de predecir una conversión a cirugía abierta cuando esta se llegue a presentar.

Palabras clave: Colecistectomía laparoscópica colelitiasis cirugía abierta sensibilidad y especificidad valor predictivo de las pruebas.

2014-12-23   |   420 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 8 Núm.2. Abril-Junio 2014 Pags. 55-59 Arch Salud Sin 2014; 8(2)