Autor: Juárez Echenique Juan Carlos
El 24 de abril del 2013, en el Diario Oficial de la Federación, dentro de la Ley General de Salud, en el capítulo V: Atención Materno-Infantil, artículo 61, fracción IV, se publicó: “La aplicación del tamiz oftalmológico neonatal, a la cuarta semana del nacimiento, para la detección temprana de malformaciones que puedan causar ceguera, y su tratamiento, en todos sus grados”. Esto nos incumbe como pediatras que buscamos siempre la mejor atención de nuestros pacientes, además de las implicaciones legales.
2016-06-01 | 398 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 36 Núm.4. Julio-Agosto 2015 Pags. 361-363 Acta Pediatr Méx 2015; 36(4)