Autor: Straffon Osorno Andrés E
Protección integral del recién nacido en lo humano, en lo físico, en lo bioético, en lo anímico, en lo jurídico y en lo politicosocial. A que sea asistido en el momento de mi nacimiento sin importar raza, credo o nacionalidad por personal idóneo y en centros hospitalarios calificados. A que ante los avatares imponderables se me autorice nacer el cualquier centro hospitalario sin importar si tengo o no constancia de afiliación. A que antes de que sea ligado mi cordón umbilical se me permita rescatar la sangre placentaria de mi progenitora y que su ligadura final sea hecha a 5 cm de mi pared abdominal. A que los segundos de haber nacido se me practique pronta y acuciosa valoración para conocer la calificación de salud que hube obtenido, previa e inmediata limpieza de mis vías aéreas y de la comprobación de mi permeabilidad recto-anal y esofágica.
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2003-03-19 | 5,245 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 52 Núm.4. Julio-Agosto 1998 Pags. 227. Rev Sanid Milit Mex 1998; 52(4)