Guía de práctica clínica para el tratamiento farmacológico inicial de nefritis lúpica en el Seguro Social del Perú (EsSalud)

Autores: Ugarte Gil Manuel Francisco , Goicochea Lugo Sergio , Romero Robles Milton A, Ortiz Benique Zhamanda N, Ugaz Zegarra Milko , Rodríguez Mori Juan E, Gomez Lujan Martin , et al

Resumen

Introducción: El presente artículo resume la guía de práctica clínica (GPC) para el tratamiento farmacológico inicial nefritis lúpica en el Seguro Social del Perú (EsSalud). Objetivo: Proveer recomendaciones clínicas basadas en evidencia para tratamiento farmacológico inicial de adultos con nefritis lúpica clase I a V no refractarios en EsSalud. Material y Métodos: Se conformó un grupo elaborador de la guía (GEG) que incluyó médicos especialistas y metodólogos, el cual formuló preguntas clínicas. Se realizaron búsquedas sistemáticas de revisiones sistemáticas y –cuando fue considerado pertinente– estudios primarios en PubMed durante el 2021. Se seleccionó la evidencia para responder cada una de las preguntas clínicas planteadas. Se evaluó la certeza de evidencia usando la metodología Grading of Recommendations Assessment, Development, and Evaluation (GRADE). En reuniones de trabajo periódicas, el GEG usó la metodología GRADE para revisar la evidencia y formular las recomendaciones. La GPC fue revisada por expertos externos antes de su aprobación. Resultados: La GPC abordó 6 preguntas clínicas, divididas en 2 temas: tratamiento inicial de la fase de inducción y mantenimiento. En base a dichas preguntas se formularon 11 recomendaciones (todas condicionales), 22 puntos de buena práctica clínica, y 2 flujogramas. Conclusión: Se emitieron recomendaciones basadas en evidencia para el manejo de pacientes con esta patología.

Palabras clave: Lupuseritematososistémico; Nefritis lúpica; Guía de Práctica Clínica; Enfoque GRADE; Medicina Basada en la Evidencia

2022-05-02   |   83 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 14 Núm.4. Octubre-Diciembre 2021 Pags. 523-534 Rev Cuerpo Médico HNAAA 2021; 14(4)