Reglamento para la obtención del segundo grado de especialización en las especialidades medicas y estomatológicas

Fragmento

CAPITULO I De los requisitos y formalidades para optar por el titulo de especialista de segundo grado. Artículo 1: Podrán optar por el título de especialista de II Grado los médicos y estomatólogos especialistas de I Grado vinculados al ejercicio de la especialidad en la que aspiran a obtener la misma. Artículo 2: Todo aspirante a la obtención del título de especialista de II Grado deberá entregar a la Dirección de Posgrado del Organismo un expediente que contenga los documentos que se relacionan a continuación: a. Carta de solicitud del aspirante. b. Aval del Consejo Científico de la institución donde trabaja el aspirante, sintetizando los elementos que fundamentan y justifican aprobar dicha solicitud. c. Constancia expedida por la dirección de la unidad a la que está vinculado el aspirante, acreditando lo establecido en el artículo 1. d. Curriculum vitae actualizado, incluyendo los documentos que hagan constar los aportes del aspirante en el desarrollo de la especialidad y el nivel científico-técnico y profesional alcanzado con posterioridad a la obtención del título de especialista de I grado.

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2004-09-27   |   1,473 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 11 Núm.1. Enero-Junio 1996 Pags. Rev Cubana Ortod 1996; 11(1)