Artículos del Nuevo Código penal para el Distrito Federal

Fragmento

Anexamos en este número una nueva sección, en la que incluiremos temas relacionados con la ética en medicina, en esta ocasión incluimos algunos artículos del nuevo Código Penal del D.F. que involucra el actuar del médico. Art. 213. Al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo y en perjuicio de alguien, revele un secreto o comunicación reservada, que por cualquier forma haya conocido o se le haya confiado, o lo emplee en provecho propio o ajeno, se les impondrán presión de seis meses a dos años y de veinticuatro a cien días de multa.

Palabras clave: Código Penal.

2005-03-14   |   7,721 visitas   |   2 valoraciones

Vol. 18 Núm.6. Noviembre-Diciembre 2004 Pags. 266-267 Acta Ortop Mexicana 2004; 18(6)