Procreación responsable:

¿Qué saben hoy nuestras pacientes? 

Autores: Babino Micaela, Camús Giselle, Mendez Mariana, Mendoza Laura, Sartori Jimena, Sosa Virginia, Veiga María Angélica

Fragmento

Introducción La salud sexual reproductiva es el derecho básico que tienen las personas para decidir libre y concientemente sobre sus pautas reproductivas. Es el deber del Estado garantizar los medios para ejercer ese derecho. Históricamente los gobiernos en la Argentina se han caracterizado por concepciones pronatalistas. Recién en el año 1986 (decreto del P.E.N. 2274/86) se consagró, por decreto, el derecho de la población a decidir libre y responsablemente acerca de su reproducción, para lo cual se realizarían tareas de difusión y asesoramiento. En el año 2000 se aprobó la Ley de Salud Reproductiva y Procreación Responsable por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley 418/00), que garantiza el asesoramiento gratuito sobre prevención de embarazos y enfermedades de transmisión sexual. La Ley prevee la prescripción y provisión de métodos anticonceptivos de carácter reversible y transitorio, atención y seguimiento médico sin restricciones a adolescentes. La misma se consiguió a pesar de una fuerte oposición de algunos sectores conservadores de la sociedad argentina, si bien es cierto que los servicios ya funcionaban desde hacía más de diez años en gran parte de los hospitales porteños y en los Centros de Salud Comunitarios (CESAC). El 30 de octubre del 2002 la Ley 25.670, creó el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

Palabras clave: Salud sexual salud reproductiva reproducción.

2007-03-28   |   5,110 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 23 Núm.3. Julio-Septiembre 2004 Pags. 108-112 Rev Hosp Mat Inf Ramón Sardá 2004; 23(3)