El recién nacido y su derecho a la identidad

Autores: Dolinsky Gabriela, Fenucci Cristina, Rímoli Schmidt Daniela, Tuduri Marina

Fragmento

Introducción “El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos”. “Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.” A diario miles de niños nacen en nuestro país pero la realidad cotidiana nos enseña que un porcentaje significativo de los mismos, no son inscriptos en el Registro Civil dentro del plazo que marca la ley nº 23264 Cap. II Art. 242 (40 días a partir del nacimiento). En el Hospital Materno Infantil Ramón Sardá en el año 2000 nacieron 6,349 niños –el 0.92 % del total de nacidos en el país–; en el mismo año fueron inscriptos en la oficina del Registro Civil que funciona en dicho Hospital 6,570 recién nacidos de los cuales 902 niños no fueron reconocidos dentro del plazo legal, lo que representa un 13.7%, cifra ésta que se ha incrementado en tres puntos con respecto al año anterior. Pensamos que pueden ser múltiples las causas que desencadenen esta situación, pero particularmente creemos que la desinformación de la población y el desconocimiento vinculado a la identidad y/o como acceder a la inscripción del recién nacido son algunos de los factores de mayor relevancia.

Palabras clave: Recién nacido derechos a la identidad Registro Civil.

2007-04-05   |   1,910 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 21 Núm.4. Octubre-Diciembre 2002 Pags. 170-174 Rev Hosp Mat Inf Ramón Sardá 2002; 21(4)