Ronda clínica y epidemiológica

Autor: Osío Uribe Óscar

Fragmento

Número necesario para tratar (NNT) y número necesario para dañar (NND) En la literatura médica existen varias maneras de informar los resultados de la investigación clínica efectuada para establecer la eficacia y la seguridad de un medicamento o de una intervención terapéutica. Si mediante un ensayo clínico controlado con placebo se busca establecer la eficacia de un nuevo medicamento que llamaremos "A", y luego de 3 años de estar suministrándolo se observa que el desenlace que se quería evitar se produjo en el 50% de los pacientes asignados de manera aleatoria al grupo placebo y en el 39% de los asignados a recibir "A ", existen varios modos de informar los resultados. Primero: señalando que la administración del fármaco logró una reducción absoluta del riesgo de daño (RAR) del 11%, calculado mediante la sustracción de la frecuencia absoluta de daño que ocurrió en el grupo tratado con el medicamento "A" de la frecuencia absoluta de desenlaces dañinos que ocurrió en el grupo control (RAR = 50% - 39%= 11%). Una segunda manera, tradicional aunque un tanto engañosa, es mostrar el resultado del experimento estableciendo la reducción del riesgo relativo (RRR) que se logró con el medicamento "A", calculándola así: frecuencia de desenlaces en el grupo de pacientes del placebo (grupo control) menos la frecuencia de desenlaces en el grupo que recibió el tratamiento activo, todo dividido por la frecuencia de desenlaces en el grupo de control (RRR = FDGC - FDGTA / FDGC). Para el caso del ejemplo mencionado arriba, se calcula así: 50% - 39% / 50%, o sea, que la RRR lograda con la administración del medicamento A es 22%. Otra manera de informar el resultado sería expresar que el uso de A aumentó la probabilidad de no tener el daño en 22%.

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2008-02-07   |   643 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 20 Núm.4. Diciembre-Diciembre 2007 Pags. 441-444. IATREIA 2007; 20(4)