Autor: Cuéllar Montoya Zoilo
Mirando el panorama en conjunto, se puede concluir que la Ley 100 de 1993 no parece ser un modelo que se deba copiar ni tampoco un proyecto que se deba satanizar. En lugar de apostar a su fracaso, este Proyecto de Ley 052 (que recoge algunos de los elementos que contenía el Proyecto de Ley 180 y en la siguiente legislatura el PL 033, presentados por la Academia Nacional de Medicina y radicados en su momento en la Comisión Séptima del Senado por el senador Germán Vargas Lleras), pretende retomar los principios consignados en dichos proyectos e incluir algunas propuestas de reajuste para hacerlo más viable y equitativo. La Academia Nacional de Medicina ha reiterado su convicción de que el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), debe ser un servicio público esencial, de carácter obligatorio, el cual debe ser prestado bajo la dirección y control del Estado, y no un bien de mercado, como se pretende designarlo. Existe creciente malestar en el cuerpo médico y en el personal de la salud, que va más allá del aspecto económico individual, en cuanto al surgimiento de un claro fenómeno de desprofesionalización de la Medicina, con pérdida de la autonomía en la toma de deciciones clínicas y la carencia de programas de capacitación, investigación y soporte bibliográfico y documental para el profesional de la salud.
2008-03-25 | 735 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 27 Núm.3. Septiembre 2005 Pags. 157-158 Medicina Ac. Col. 2005; 27(3)