Autores: Vicente Herrero María Teófila, Capdevila García Luisa M., Ramírez Íñiguez de la Torre María Victoria, López González Ángel Arturo, Terradillos García María Jesús, Piñaga Solé Montserrat, Aguilar Jiménez Encarna, Tejedo Benedicto Eduardo
La legislación española incluye el concepto de accidente de trabajo y daño laboral desde 1900, aunque sometido a las diversas modificaciones legislativas efectuadas desde entonces hasta llegar a la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 y a la legislación que dimana de ella. Este controvertido concepto, mucho más cuando se trata de daño laboral no traumático, lleva aparejadas consecuencias en el ámbito laboral, civil, contencioso-administrativo, penal y económico. Difiere, tanto en su calificación como en sus prestaciones, del concepto existente en otras naciones de la Unión Europea y en los diferentes países hispanoamericanos. En este artículo se desarrolla el concepto de accidente laboral traumático y de daño laboral no traumático en España, para que en el futuro se puedan establecer parámetros comparativos con el resto de países, que permitan la colaboración y la mejora conjunta de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores.
Palabras clave: Diabetes medicina del trabajo enfermedades profesionales accidentes de trabajo.
2011-02-04 | 1,112 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 48 Núm.4. Julio-Agosto 2010 Pags. 457-463 Rev Med Inst Mex Seguro Soc 2010; 48(4)