El Doctor Ramón Córdoba Palacio

Autor: Harry Hinestrosa Norman

Fragmento

Una de las obligaciones morales de las instituciones, es la de ser leales y solidarias con los individuos que les sirven. Como consecuencia de esos deberes, se crea la responsabilidad de reconocer y dar testimonio de los logros de las personas que, en el desempeño de sus actividades, han hecho méritos para ser presentadas como ejemplo de vida honrosa y digna de ser imitada. Los Tribunales de Ética Médica, fueron creados por la Ley 23 de 1981, con el fin de garantizar un ejercicio profesional idóneo, acorde con las exigencias que la práctica de la Medicina demanda a los que ofician en ella, para asegurarles a las personas que la atención que reciben se haga de una manera excelente, mediante la aplicación de los conocimientos científicos, complementados con una sólida formación humanística, correspondiéndoles a los Tribunales la responsabilidad de juzgar los actos médicos, mediante un proceso disciplinario ético profesional, y aplicar las sanciones correspondientes. Pero las cosas van más allá: La función sancionatoria que cumplen los tribunales, debe complementarse con una acción formativa, con el fin de asegurar un ejercicio médico de la mejor calidad posible.

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2011-11-08   |   459 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 25 Núm.1. Enero-Junio 2006 Pags. 17-21 Med UPB 2006; 25(1)