Costo institucional de la crisis hipertensiva en el policlínico “Antonio Maceo”

Autores: Tabares Silverio Yosvany, Fernández García Ariana, Castillo Abreus Diana Aurora

Resumen

Introducción: La hipertensión arterial afecta la salud de las poblaciones en todas las partes del mundo. Representa por sí misma una enfermedad y también un factor de riesgo para otras afecciones cardiovasculares. Su impacto es en el área de la epidemiología, la salud pública, y en el aspecto económico. Objetivo: Determinar el costo institucional de la atención al paciente con crisis hipertensiva en el servicio urgencia del policlínico “Antonio Maceo” de La Habana en el primer semestre del año 2008. Métodos: Se realizó un estudio del tipo de descripción de costos. El enfoque metodológico utilizado fue el costo de la enfermedad, siguiendo los pasos recomendados en la Guía Metodológica para las Evaluaciones Económicas en Salud en Cuba. Los costos fueron expresados en pesos cubanos no convertibles del año 2008. La perspectiva de análisis adoptada fue la institucional. El universo de estudio estuvo constituido por 216 pacientes. En el cálculo del costo total institucional se consideraron las variables: costo por medicamentos, por medios diagnósticos, por salarios, entre otras. Resultados: Se estudiaron 209 pacientes con urgencia hipertensiva (96.8%) y 7 con emergencia hipertensiva (3.2%). El costo total de la atención del paciente con crisis hipertensiva ascendió a 5 451.68 pesos en moneda nacional y el costo promedio por paciente fue de 25.23. Conclusiones: El costo mayor en la atención al paciente con crisis hipertensiva estuvo relacionado con el salario directo. La adecuada dispensarización y tratamiento de los pacientes hipertensos pudiera disminuir el costo de la atención médica.

Palabras clave: Costo de la enfermedad hipertensión arterial crisis hipertensiva factores de riesgo economía de la salud.

2011-11-25   |   906 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 27 Núm.2. Abril-Junio 2011 Pags. Rev Cubana Med Gen Integr 2011; 27(2)