Resolución del Consejo Nacional

Fragmento

Miraflores, 27 de abril de 2010. Visto El Acuerdo No. 049/ SO No IV/CN-CMP-2010 adoptado en la Cuarta Sesión Ordinaria del Consejo Nacional, desarrollada con fechas 09 y 10 de abril de 2010; y, Considerando: Que de conformidad con el inciso a) del artículo 6º de la Ley No 15173 “Ley de Creación del Colegio Médico del Perú”, el Consejo Nacional tiene competencia para señalar las normas generales en todos los aspectos relativos a las actividades profesionales que la ley señala. Que el numeral 6.4 del artículo 6º del Estatuto del Colegio Médico del Perú establece como uno de sus fines “Contribuir al adelanto de la medicina y a la defensa y desarrollo de la vida, la salud y seguridad social individual y colectiva, cooperando con las instituciones públicas y no públicas”.

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2012-02-01   |   573 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 28 Núm.4. Octubre-Diciembre 2011 Pags. 248-255 Act Méd Per 2011; 28(4)