Autores: Juárez Pérez Hernán, Durán Muñoz Carlos
Introducción: Reportes internacionales indican que sólo 5 % de los eventos adversos son notificados, esto se debe a factores inherentes al personal de salud, como miedo al castigo, evidencia al ejercicio de la práctica, desconocimiento del programa de notificación y falta de reinformación posterior a la notificación, entre otros. Objetivo: Identificar en el personal de enfermería el conocimiento que tienen del programa VENCER, "Sistema de Vigilancia de Eventos Centinela y Riesgos" y determinar los factores relacionados en la notificación de los eventos. Metodología: Estudio transversal, en 226 enfermeras seleccionadas con muestreo probabilístico, por conglomerado. Se elaboró instrumento con 62 reactivos, validado mediante alpha de Cronbach, obteniéndose una confiabilidad de 0.73, para el análisis se utilizó el programa SPSS V 14, y se aplicó estadística descriptiva. Resultados: Edad promedio del personal de enfermería 38 años, con predominio del sexo femenino 96 %, enfermeras generales 51 %, enfermeras especialistas 21 %, y 22 % enfermeras con estudios de licenciatura. El factor que limitó el registro de eventos fue el desconocimiento del programa de notificación 92 % y falta de reinformación 84 %. La categoría institucional p = 0.02, es factor asociado significativamente al conocimiento del evento centinela, no se encontraron diferencias en relación al conocimiento del personal del evento centinela p = 0.03 y el conocimiento del Programa VENCER p = 0.04, respecto a cada unidad de adscripción. La falta de reinformación por el personal directivo posterior a la notificación del evento es uno de los factores asociados a la notificación. Conclusiones: Es imperativo la difusión del Programa VENCER a todo el personal para garantizar la seguridad del paciente en las unidades hospitalarias.
Palabras clave: Evento centinela seguridad del paciente eventos adversos.
2012-04-09 | 4,553 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 17 Núm.1. Enero-Abril 2009 Pags. 39-44 Rev Enferm Inst Mex Seguro Soc 2009; 17(1)