Autores: Guzmán Mora Fernando, Arias Páez Carlos Alberto, Moreno Sara Edith
Introducción Mediante la Sentencia de Casación Penal N° 33.920 de la Honorable Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Augusto Ibáñez Guzmán, fue condenado el cirujano plástico Manuel de Jesús Caicedo, a la pena de cuatro meses de prisión, la suspensión en el ejercicio de la medicina por espacio de un año y el pago de una indemnización de Col$ 150 millones, por el delito de lesiones personales culposas en la humanidad de la paciente Dolly Maricel Bastidas Lenis. El cuerpo médico nacional quedó atónito ante la severidad de las sanciones proferidas en contra del cirujano plástico, y el nefasto precedente que esta decisión jurídica va a causar en el ejercicio médico colombiano.
Palabras clave: Cirugía general; ética médica; legislación médica.
2012-07-19 | 677 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 27 Núm.2. Abril-Junio 2012 Pags. 99-113 Rev Colomb Cir 2012; 27(2)