Recertificación

Autor: Trujillo Henao Samuel Eduardo

Fragmento

Según la ley 14 de 1992 quien haya cursado los programas de pregrado y obtenga el diploma por una universidad autorizada con el acta de grado respectiva, ha cumplido con el único requisito para el ejercicio de la medicina en Colombia. Para las especialidades el Decreto ley 80 de 1980 otorgaba facultades al ICFES para reglamentar su ejercicio con la asesoría de ASCOFAME, pero la Ley 30 pasa ésta responsabilidad a las universidades y hoy en día, apoyadas en sus facultades de Medicina, convenios docente – asistenciales y los requisitos básicos de sus programas concertados con ASCOFAME, son quienes avalan los títulos de los especialistas.

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2013-01-31   |   485 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 8 Núm.1. Mayo 2002 Pags. 1 Rev Méd Risaralda 2002; 8(1)