Para definir un alimento como nativo deben concurrir varias condiciones, la primera y obvia es que su origen corresponda a la misma región de la que se define como nativo; segundo, que su uso sea de carácter alimenticio es decir que haya sido usado como alimento y no para otra función, ritual religiosa o medicinal y, tercero, que esté claramente documentado, sea por tradición escrita u oral, su uso en diversas formas culinarias, es decir preparaciones concretas en la que se lo incluya y que tengan amplia distribución dentro de una población determinada.
2013-02-11 | 10,177 visitas | 1 valoraciones
Vol. 29 Núm.3. Julio-Septiembre 2012 Pags. 406-408 Rev Peru Med Exp Salud Publica 2012; 29(3)