Autor: Chávez Alvarado Susana
A pesar de que el aborto, por razones de salud, no es considerado un delito en el Perú, el Estado niega su inclusión en la política pública, con lo cual infringe el derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo cuando este afecta su salud. Al examinar el artículo del Código Penal que exceptúa de delito a este tipo de aborto, se identifican atribuciones que protegen a las mujeres y establecen condiciones para ofertar dicha atención. En el presente documento se pone en debate los argumentos que el Estado Peruano viene usando para no aprobar el Protocolo de Aborto Terapéutico, con el cual se reglamentaria su oferta y financiamiento en los servicios públicos y se fundamenta por qué se debería cumplir con esta obligación, en base al marco conceptual de la “causal salud”. Se presentan, además, dos casos judicializados, en que el Estado Peruano ha sido encontrado responsable de violar los derechos humanos de dos adolescentes a quienes se les negó el aborto terapéutico.
Palabras clave: Aborto terapéutico administración sanitaria Derechos humanos.
2013-10-25 | 707 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 30 Núm.3. Julio-Septiembre 2013 Pags. 494-499 Rev Peru Med Exp Salud Publica 2013; 30(3)